Abogados especialistas en problemas laborales y protección del trabajador.
28 diciembre, 2017Oferta de Asesoramiento Legal Inmediato On-line y Telefónico.
25 abril, 2020En el caso de que usted sea un trabajador que se encuentre en situación de incapacidad temporal y el INSS (entidad gestora de la Seguridad Social) o la Mutua (entidad colaboradora en caso de incapacidad temporal derivada de enfermedad profesional) decida darle de alta médica, su obligación como trabajador es reincorporarse a su puesto de trabajo.
Si no usted trabajador, no está de acuerdo con dicha alta médica, ésta podrá impugnarse ante la entidad gestora cumplimentando el modelo destinado al efecto ante dicho organismo, comunicando el trabajador esa impugnación de alta médica a la empresa.
En el formulario para impugnar el alta médica el trabajador deberá indicar los datos personales, los motivos por los que está disconforme con el alta médica emitida, los datos de la entidad gestora o colaboradora que la ha tramitado y los documentos médicos del trabajador relacionados con el proceso de IT (alta médica).
El procedimiento iniciado por el trabajador ante la entidad gestora para impugnar el alta médica (que es de carácter preferente, debiéndose resolver en el plazo de 15 días hábiles) puede finalizar con la confirmación del alta médica y por tanto declarando la extinción de la incapacidad temporal del trabajador, o bien denegando el alta médica y manteniendo la situación de incapacidad temporal del trabajador, siendo abonada la prestación económica por parte de la Seguridad Social al trabajador hasta la extinción de la IT (alta médica) o bien hasta que se le califique al trabajador en algún grado de incapacidad permanente.
En el caso que de desestimación de la impugnación del alta médica al trabajador, éste deberá interponer demanda ante los juzgados de lo social, siendo el procedimiento de tramitación preferente.
Trabajador, si te encuentras en esta situación de alta médica injusta ponte en contacto con Más Que Divorcios Abogados y te asesoraremos y asistiremos en todo el proceso, tanto en la impugnación de alta médica ante el órgano que la ha acordado, como en la posterior impugnación de alta médica ante los tribunales competentes.